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¿Cómo ahorrar en calefacción? 8 trucos para pagar menos en tu factura de gas

Ya llegó el frío y ya es hora de encender la calefacción, pero cada día escuchamos cuánto sube el precio de la energía. Está por las nubes.

El gasto de calefacción representa de media el 47% del consumo de energía de un hogar, según datos del IDAE (Instituto para la Diversificación y el Ahorro de Energía), y la factura de gas se resiente, sobretodo, en los meses de invierno.

¿Hay algún consejo para pagar menos?

Aquí te contamos ocho maneras de reducir tu factura entre un 10 y un 40%:

1. Extraer el aire de los radiadores: con el tiempo se acumulan pequeñas burbujas que impiden la circulación del calor. Hay que purgar o sacar el aire de los radiadores al menos una vez al año y cada vez que empieza el invierno. Al extraer éstas burbujas, se requerirá menos tiempo para llegar a la temperatura deseada. Si no sabes cómo hacerlo, muchos seguros de hogar incluyen este servicio de forma gratuita.

2. No cubras los radiadores: colocar ropa húmeda encima o un mueble demasiado cerca provoca una barrera térmica y los radiadores tendrán que trabajar más para alcanzar la temperatura de la casa.

3. Apaga los radiadores en las habitaciones vacías: Es habitual tener radiadores en todas las estancias y habitaciones de la casa. Estarás consumiendo energía de forma innecesaria y evitarás sobrecostes.

4. Ventila a primera hora de la mañana y el tiempo justo: 10 o 15 minutos son suficientes para una correcta ventilación. Hazlo temprano ya que si ventilas cuando el calor ya está acumulado, se requerirá un gasto de energía extra para recuperar la temperatura.

5. Reduce la calefacción por la noche: no es necesario mantener altas temperaturas en el hogar por la noche, salvo en casos de frío extremo, incluso es posible apagar algunos radiadores.

6. Aislar puertas y ventanas: El calor se extiende hacia los lugares más fríos y la diferencia de temperatura entre el interior y exterior de la casa puede ser muy grande. Revisa los aislamientos. Las ventanas con doble cristal pueden reducir la pérdida de energía hasta un 50%.

7. Mantener una temperatura adecuada: durante el día es suficiente estar entre los 19 y 21 grados pudiéndola disminuir hasta los 16 grados por la noche. Ahorrarás un 13% más.

8. Calderas de bajo consumo: Ya lo indica su propio nombre, si es el momento de renovar tu caldera, valóralo. Aunque su coste es algo mayor, son equipos más eficientes y con el tiempo comprobarás que tu factura se reducirá considerablemente.

Es invierno y no verano. Abrígate en casa, no es necesario vestir en manga corta dentro del hogar durante los meses más frío del año. Utiliza ropas cálidas y de abrigo, como jerséis y sudaderas y enciende la calefacción cuando sea realmente necesario y el frío sea demasiado evidente.

El ahorro energético es muy importante para reducir el impacto medioambiental y mejorar la salud del planeta.

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Un año de la Ley de alquileres catalana. ¿Objetivo cumplido?

El 23 de septiembre de 2020, hace exactamente un año, se aprobaba en Catalunya la Ley 11/2020 del 18 de septiembre que limitaba el precio máximo de alquiler de las viviendas en 60 municipios catalanes. Una medida muy controvertida que generó mucho debate en la sociedad y que afecta a propietarios, inquilinos y profesionales del sector.

Se aprobó con un doble objetivo, facilitar el acceso a la vivienda y la contención de la renta en los contratos de arrendamiento.

Pasado un año, es el momento de hacer balance.

¿Hay más pisos en alquiler en los municipios afectados?

No, hay menos. Si nos fijamos en el stock de viviendas en la ciudad Barcelona, se ha reducido significativamente más que en otras capitales. En la capital catalana el número de viviendas ofertadas se ha reducido en un 42% respecto a otras ciudades, tales como Madrid, Palma de Mallorca y Sevilla, donde el stock de viviendas ofertas es de un 22%, 14% o 25% menos que hace un año, respectivamente, según los datos del portal inmobiliario Idealista.

¿Cómo se han comportado los precios de alquiler?

Los precios han bajado menos en Barcelona, con la ley aprobada, que en Madrid donde el precio no está regulado. Un descenso de un 8,2% en la ciudad condal respecto al 9,3% de la capital española.

Pero 2020 ha sido un año de pandemia, ¿y si lo comparamos respecto al 2019?

Los resultados son peores también. En Barcelona, el stock de viviendas disponibles es un 13% superior que en el mes de septiembre de 2019, mientras que en Madrid, Palma de Mallorca y Sevilla, las viviendas disponibles han aumentado un 62%, 64% y 59% respectivamente en el mismo periodo, también según los datos de Idealista.

El aumento de la oferta de vivienda repercute directamente en una disminución de los precios. Al tener más donde elegir, los propietarios bajan los precios para hacer más atractiva su vivienda a los ojos del inquilino, y esto no ha sucedido.

¿Por qué?

Los propietarios han decidido no ofertar sus viviendas debido a principalmente a 3 motivos:

  • Poca o nula garantía de recuperar la vivienda en caso de impago u ocupación ilegal.
  • Alquilar con la nueva ley supone aceptar un techo en el precio para futuras operaciones. Si un propietario alquila hoy un piso por 800€ al mes, aunque esté por debajo del índice de precios que marca l’Agència d el’Habitatge de Catalunya, cuando decida alquilarlo por una segunda vez, no podrá aumentar la renta de 800€ con independencia del comportamiento del mercado, solo igualar o disminuir, con lo que consolidaría un nuevo techo inferior.
  • Los alquileres de las viviendas por periodos inferiores a 12 meses y superiores a 1 mes, los alquileres de temporada, no están sujetos a la ley de los alquileres, suelen ser rentas más altas y no necesitan disponer de licencia turística para el arrendamiento.

En conclusión, la ley no se ha comportado como se esperaba, los precios no han bajado más que en otros municipios no afectos a la ley, y ha disminuido considerablemente más la oferta de viviendas disponibles dificultando todavía más el acceso a la vivienda.

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AVALLOGER. Cómo incrementar la cobertura de tu alquiler.

La Generalitat de Catalunya aporta, a los contratos de vivienda habitual, una garantía extraordinaria y de carácter gratuito en el caso de impago de 3 mensualidades. Recordemos que las garantías que se le pueden solicitar a un arrendatario que alquila una vivienda están limitadas a 1 mes de fianza y a 2 meses de garantía adicional a tenor del art. 36 de LAU.

Para ello, el Avalloguer debe figurar expresamente en el contrato de alquiler y se deben cumplir unos requisitos, además fáciles de conseguir.

Siempre que podamos, por lo tanto, deberemos incluir ésta cláusula en todos los contratos de alquiler:

“Las partes acuerdan acogerse al Avalloger de la Generalitat de Catalunya, de acuerdo con el decreto 171/2008 de 26 de agosto y siguientes.”

¿Qué es el Avalloguer?

Es un régimen de coberturas que consiste en asegurar a las personas arrendadoras de viviendas de arrendamientos urbanos la percepción de una cantidad en el caso de instar un proceso judicial de desahucio por falta de pago.

¿Qué cubre el Avalloguer?

3 mensualidades impagadas desde el inicio de la acción judicial. Y en los supuestos de viviendas con protección oficial (VPO) o viviendas destinadas al programa de inserción la cobertura se amplía hasta los 6 meses.

Para los contratos de arrendamiento de vivienda celebrados entre el 29 de agosto de 2008 y el 17 de junio de 2014, la cobertura del Avalloguer es para las mensualidades impagadas desde el inicio de la acción judicial con el límite de seis mensualidades

La Coordinación de Fianzas del Instituto Catalán del Suelo es el organismo gestor del Avalloguer.

¿Cuáles son los requisitos para el Avalloguer?

1. Que la renta mensual pactada no supere:

  • 1.500€ en la ciudad de Barcelona
  • 1.200€ en los municipios de la zona A (Badalona, Granollers, Hospitalet de Llobregat, Mataró, Sant Cugat del Vallés, entre otros, más de 70).
  • 1.000 € en la zona B
  • 800 euros en la zona C
  • 600 euros en la zona D

 conforme a los ámbitos geográficos que define el Plan de la vivienda.

2. No haber exigido una fianza superior a dos mensualidades de renta.

3. No haber exigido ningún otro aval.

4. Haber depositado en Incasòl el contrato íntegro de alquiler con sus anexos, el documento de compromiso y la fianza, lo cual es obligatorio por parte del arrendador.

¿Cómo cobrar el Avalloguer?

La persona arrendadora podrá solicitar, en el plazo de seis meses desde la obtención de la sentencia o del acuerdo extrajudicial, el cobro del Avalloguer en la Coordinación de Fianzas del Instituto Catalán del Suelo.

Si tiene cualquier duda o consulta sobre el alquiler de su propiedad, pregúntenos sin compromiso.